Sufragio Femenino e Institucionalidad Republicana
El sufragio femenino no fue una dádiva del poder, sino el resultado de décadas de lucha cívica e institucional. Una mirada sobre ciudadanía, libertad y derechos políticos desde Mujeres por la Libertad.
Ni concesión ni dádiva: el sufragio femenino como derecho natural frente a los personalismos
Durante décadas se consolidó en la cultura política argentina un mito de origen tan reiterado como peligroso: la idea de que los derechos cívicos y políticos de las mujeres nacieron de la gracia benevolente y el paternalismo de un liderazgo mesiánico. Esta construcción no solo falsea la historia documental, sino que encierra una trampa conceptual inadmisible para cualquier concepción verdaderamente republicana: si se asume que los derechos los otorga o inventa el gobernante de turno, se acepta tácitamente que el poder político tiene la potestad legítima de arrebatarlos o condicionarlos según su arbitrio.
Frente a las tentaciones totalitarias y a los relatos hegemónicos, la verdad jurídica es contundente: el sufragio femenino es un derecho natural y preexistente al Estado. Ningún gobierno 'concede' la dignidad humana ni la condición de ciudadano; a lo sumo, cesa formalmente en su ilegítima tarea de desconocerlas.
La raíz histórica: de la gesta civil al impulso legislativo de Lorenzo Soler
La sanción de la Ley 13.010 en 1947 no nació de un plumazo providencial. Fue la culminación de más de cuatro décadas de movilización cívica incesante encabezada por pioneras como Julieta Lanteri —quien logró votar amparada en la Constitución ya en 1911—, Alicia Moreau de Justo, Elvira Rawson y decenas de comités sufragistas plurales e independientes que denunciaron incansablemente la arbitrariedad de exigir deberes cívicos a quienes se excluía sistemáticamente de las urnas.
Ese reclamo ciudadano encontró su canalización institucional decisiva en el Congreso de la Nación. En agosto de 1946, fue el médico y senador mendocino Lorenzo Soler quien redactó, presentó y fundamentó en la Cámara Alta el proyecto unificado que otorgó la media sanción clave al voto femenino. Soler defendió la iniciativa desde el rigor constitucional, el derecho comparado y la equidad republicana, despojando la conquista de personalismos autocomplacientes y devolviéndole su carácter de estricta justicia cívica. Ocultar el trabajo legislativo del Parlamento y décadas de lucha plural para montar un culto a la personalidad no fue honrar a las mujeres, sino intentar subordinar una victoria ciudadana a una liturgia partidaria.
Premisa de Mujeres por la Libertad: Cuando un derecho natural preexistente se presenta como un 'regalo' del Estado, se degrada a la ciudadana soberana en una clientela subordinada. Desde Mujeres por la Libertad sostenemos que la libertad republicana no se agradece: se ejerce con autonomía frente a cualquier poder de turno
El debate contemporáneo: respetar los proyectos de vida sin entregar la condición ciudadana
Comprender el sufragio como un derecho natural cobra una vigencia insoslayable ante los debates actuales en torno a los roles sociales y los estilos de vida tradicionales. En distintos ámbitos y redes ha resurgido la noción —a menudo romantizada bajo estéticas del pasado— de que dedicarse plenamente al hogar debería implicar apartarse de la esfera cívica o incluso ceder la representación política en favor del varón.
Frente a estas narrativas, fijamos tres principios con absoluta claridad:
Respeto irrestricto al proyecto de vida individual: Si una mujer elige dedicar plenamente su tiempo al cuidado de su hogar, a la crianza de sus hijos y a un modelo familiar tradicional, esa decisión es 100% digna, valiosa y respetable. La verdadera libertad civil radica en que cada individuo trace su propio plan de vida sin mandatos ideológicos ni presiones colectivistas.
La paradoja de la autonomía: Si hoy una mujer puede optar libremente por un modelo de vida tradicional sin ser tratada legalmente como una incapaz o tutelada, es precisamente porque el ordenamiento republicano la reconoce como sujeto de derecho pleno. La opción por la vida doméstica es una manifestación de libertad que solo subsiste gracias a las garantías cívicas conquistadas.
El estilo de vida no anula la condición ciudadana: Confundir la organización interna de un hogar con la renuncia a la representación pública es un retroceso inadmisible. El voto no impone cómo vivir puertas adentro; garantiza que nadie puertas afuera decida sobre tu patrimonio, tu familia o tu futuro sin tu consentimiento.
En definitiva, la libertad no se agradece, se ejerce
No combatimos los personalismos políticos del pasado para terminar aceptando la resignación de derechos en el presente. La historia enseña con crudeza que delegar la propia voz política es el primer paso hacia la pérdida de todos los demás derechos. Se respeta plenamente el proyecto de vida de cada quien; los derechos naturales y constitucionales no se entregan jamás.
Malen Sancho Albornoz — Mujeres por la Libertad, Mendoza